SOLICITUD DE MANTENIMIENTO O REPRACIONES LOCATIVAS
Estimado Arrendatario, si requiere realizar reporte de algún daño o avería que se encuentre bajo la responsabilidad del propietario, por favor de click en el enlace adjunto y diligencie el formulario formulario. No olvide adjuntar los soportes o evidencias de la situación que reporta para poder iniciar nuestro trámite y apoyarle en el menor tiempo posible.
https://forms.clickup.com/31055283/f/xkqdk-484/V26WH5ITOETF0KWX5E
MARCO LEGAL
Artículo 9º. Obligaciones del arrendatario. Son obligaciones del arrendatario:
(...) 2. Cuidar el inmueble y las cosas recibidas en arrendamiento. En caso de daños o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la acción del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia culpa, efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias.(...) (Tomado de la Ley 820 de 2003.
ARTICULO 1985. <RESPONSABILIDAD DEL MANTENIMIENTO DE LA COSA ARRENDADA>. La obligación de mantener la cosa arrendada en buen estado consiste en hacer, durante el arriendo, todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las cuales corresponden generalmente al arrendatario. Pero será obligado el arrendador aún a las reparaciones locativas, si los deterioros que las han hecho necesarias provinieron de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa arrendada. (Tomado del Código Civil Colombiano)